Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1860-1861 (Cortes de 1858 a 1863)
Sesión: 28 de febrero de 1861
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: n.º 105, 1.758 a 1.760
Tema: Gobierno de las provincias(Discusión del artículo 11.)

El Sr. SAGASTA: Empezó el Ministro de la Gobernación por manifestar que yo no había atacado el artículo; pero S.S. me ha ahorrado el trabajo de demostrarle lo contrario, demostrándolo él mismo, puesto que no ha hecho más que contestar a mis argumentos, defender el artículo de los ataques que le he dirigido. Por consiguiente, S.S. se ha contestado a sí mismo, y le doy las gracias porque me ahorra tiempo. [1.758]

Dice S.S. que no necesita darme chasco, que de eso me encargo yo y que me los doy a mí mismo. S.S. se ha olvidado de lo que he dicho, y cómo lo he dicho. S.S. se ha olvidado de que no he ido a buscar esos amigos movedizos que sirven de embarazo el día del triunfo y de peligro en la adversidad. Nada hay peor que esos amigos movedizos: por eso se los regalo a S.S. con mucho gusto para que de vez en cuando pueda decir:" ¡qué amigos tienes, Benito!."

Por consiguiente, no necesitamos esos amigos; pues no queremos vernos en el caso que muy a menudo se ve S.S.

Para destruir mi argumento respecto de que si son necesarios los delegados en una época dada deban serlo siempre, S.S. se ha valido de la comparación del médico. S.S. es may aficionado a la medicina y a la farmacia, y unas veces nos da récipes y otras nos habla de enfermedades. Me preguntaba S.S. que si llamo al médico cuando estoy malo, por qué no lo llamo siempre.

Yo le aseguro que si le llamo sólo cuando estoy enfermo, es porque es muy caro; que si no, lo tendría siempre a mi lado y no tendría necesidad de llamarle. Por consiguiente, aplique S.S. esto a los delegados, y tendría la contestación. Además, no sé qué tiene que ver el médico con los delegados, porque el pulso que los delegados van a tomar a los pueblos no ha de ser muy de agradecer que digamos.

S.S. me atribuye el error de haber creído que los alcaldes-corregidores desempeñaban las mismas funciones que los delegados. Pero, señores, dejémonos de rodeos y seamos francos. S.S. quiere los delegados porque vienen a desempeñar funciones que yo no quiero que desempeñen; ni más, ni menos.¿Y sabe S.S. cuáles son? En la mayor parte de los casos preparan el terreno para las elecciones. Por eso no quiero los delegados. Por lo demás, algunas funciones iguales a las de los consejeros han de desempeñar, puesto que van a inspeccionar las operaciones de un municipio, a examinar las cuentas cuando se tenga noticia de algún abuso, y esto lo desempeñan generalmente los alcaldes-corregidores. Conste pues que los delegados son rechazados por nosotros, porque van a desempeñar funciones que no queremos que desempeñen.

Que el sistema administrativo de un país nada tiene que ver con el sistema político. Yo no entro en esto ahora y lo dejo a la consideración del Congreso. Sólo manifestaré que si el sistema político no tiene nada que ver con el sistema administrativo, es muy posible que uno sea muy liberal y otro muy reaccionario. Pues bien: como S.S. nos ha dicho a renglón seguido que lo que se debe buscar es la resultante de esta fuerza, y no la fuerza componente si no hay cierta homogeneidad y paralelismo entre el sistema político y el administrativo, el resultado será cero, porque dos fuerzas iguales se destruyen. Véase cómo se ha contestado a sí mismo; por el sistema de S.S. puede suceder que ese resultante sea cero, y al fin y al cabo esto sería lo menos malo que podría acontecer. Lo peor que puede suceder con esta ley es que sea algo más, que sea una fuerza negativa.

(Habla el Sr. Navarro.)

El Sr. SAGASTA: Celebro que el Sr. Navarro esté tan convencido de la bondad de su enmienda, porque de esta manera quedará perfectamente tranquilo. Sin embargo, dos o tres cosas que abraza su enmienda, y que S.S. considera ventajosas, creo yo que envuelven graves inconvenientes y siento haber hablado antes que el Sr. Navarro, porque si lo hubiera hecho después, me hubiera ocupado de esos puntos con más detención, y aún me atrevería a decir que hubiera convencido a S.S. Pero aún dentro de la rectificación, voy a decir breves palabras. ¿No le parece mejor al señor Sagasta, preguntaba S.S., que en lugar de comisionados que iba antes vayan ahora delegados?¿No se quejaba el [1.759] Sr. Sagasta de que los gobernadores mandaran esos comisionados? Pues ahora, Sr. Alonso Navarro, por esta ley ni aún la queja me será permitido, porque el Gobierno me dirá que los ha mandado dentro de la ley. Antes hubiera podido quejarme si el Gobierno mandaba un comisionado indebidamente, y hasta hubiera podido exigirle responsabilidad si había lugar a ello; pero desde hoy en adelante el Gobierno está resguardado con la ley y me tapa la boca para no poder quejarme. Esto es lo que ha traído la enmienda; antes podía quejarme; hoy no puedo hacer nada de eso, porque esos delegados tienen un título y un carácter legal que antes no tenían; hasta ahora, cuando el Gobierno mandaba un agente, tenía que hacerlo bajo su responsabilidad, y no lo hacía más que cuando las circunstancias le apremiaban para ello; hoy con cualquier pretexto puede hacerlo; antes podía quejarme; hoy hasta el derecho de queja se me quita. Ésta es la tendencia liberal del artículo y de la enmienda. Otra ventaja de la enmienda. S.S. me decía: pues qué, ¿no hemos modificado el artículo? Pues qué, ese término de cuarenta días, en el cual tiene que desaparecer el delegado antes de las elecciones, ¿no es suficiente garantía? Pues precisamente ese término servirá para hacer mejor las elecciones, y se lo voy a hacer ver a S.S. Verdad es que los delegados no tienen facultad resolutiva; pero ¿qué es lo que hacen? Examinan los negocios, inspeccionan los asuntos, reconocen las cuentas y los documentos, y cuarenta días antes de la elección se retiran con los expedientes sin resolver, resultando para los electores una cuaresma antes de las elecciones, porque están esperando la resolución de aquellos expedientes que han reconocido los delegados. Luego viene la resurrección, y esa resurrección es traer aquí algunos Diputados que se llaman cuneros. Para eso sirve la enmienda de S.S., para cubrir la arbitrariedad: sin la enmienda la arbitrariedad estaría descubierta y mejor podríamos quejarnos. Después de esto, si S.S. cree que la enmienda es liberal, vótela S.S.; yo por mi parte creo que está altamente equivocado.

(Habla el Sr. Navarro.)

El Sr. SAGASTA: Siempre resultará, por más que se esfuerce S.S., que por el artículo y por la enmienda esos delegados que no resuelven, pero que proponen, podrán examinar los expedientes antes de las elecciones. Y más valdría que resolvieran, porque si resolvían antes de la elección, no podían causar mucho daño. De todas maneras resultará, digo, que esos comisionados al retirarse pueden decir a los electores: de vuestra conducta dentro de cuarenta días depende la resolución de los expedientes, y hasta mi vuelta; según votéis así se hará.



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